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Multas de Tránsito: Infracciones de Tráfico

Las multas de tránsito son pan de cada día  de una cultura vial poco responsable, pero para las personas que no tenemos un auto (o que aún no adquirimos uno) la idea de multa nos es indiferente y desconocemos de qué se trata esta “sanción”. Por esta razón este post va aclarar ciertas dudas básicas en cuento a multas de tránsito.

Multas Tránsito

Una multa de tránsito es la denuncia que hace el efectivo de la Policía Nacional especializado en el control de tránsito. Se aplica a toda acción u omisión que vaya en contra del Reglamento Nacional de Tránsito u Ordenanza Municipal que regule el transporte y la seguridad vial.

En el caso del Perú, el aceptar una papeleta, corta cualquier derecho a reclamo según el artículo 336° del Reglamento Nacional de Tránsito. En caso de obviar y no proceder con el pago de la multa de tránsito se pasará al proceso de cobro coactivo donde se cancelará el 100% de la multa sumado gastos de notificación. Pero es posible evitar con el pago a tiempo, pues la administración otorga un plazo de 15 días hábiles después de la infracción para cancelar el monto total al que asciende la deuda.

Cuando se trata de una multa por una falta al RNT (Reglamente Nacional de Transito) se le brinda al infractor un plazo de 7 días para apelar o asumirla de acuerdo a los beneficios. Esta medida se encuentra amparada en el nuevo reglamento de tránsito aprobado con el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC.

El responsable de la multa de tránsito es el conductor de un vehículo cualquiera por las infracciones de tránsito relacionado a su conducta mientras circula por las calle. En caso de no identificarse al “infractor” se pasa la responsabilidad administrativa al propietario del vehículo hasta que éste demuestre lo contrario.

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