Brevete Militar: Licencia de Conducir para Miembros del Ejército
El brevete es un documento que acredita una autorización para conducir vehículos por la vía pública. Esta licencia es expedida en Perú por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a personas mayores de 18 años que hayan aprobado un examen físico, psicológico y de conocimientos.
El brevete militar es expedido por la Escuela de Material de Guerra del Perú y permite manejar tanques, camiones, omnibuses, camionetas portatropas, autos y otros vehículos militares, y vehículos de uso particular.
El personal de las Fuerzas Armadas en servicio activo (oficiales, técnicos sub oficiales, tropa y empleados civiles con especialidades afines, de las FFAA y PNP) tiene derecho a recibir una licencia de conducir de acuerdo al Reglamento de Tránsito Militar. Este brevete se puede canjear por una de la clase y categoría equivalente a la establecida en el presente reglamento, siempre que la licencia de conducir esté vigente.
El canje se realiza cuando el conductor militar ha sido dado de baja, se encuentra en situación de disponibilidad o en retiro. En caso de que el brevete militar no este vigente, el solicitante rendirá el respectivo examen de aptitud psicosomática.
El inicio del trámite se debe realizar en la mesa de partes de la Escuela de Material de Guerra del Ejército (EMGE).
Requisitos para canjear el brevete militar
- Presentar un certificado de buena conducta, otorgado por la autoridad militar o policial competente
- Presentar certificado del examen psicosomático y de suficiencia técnica, expedido por la Escuela de Material de Guerra
- Es indispensable mostrar el récord de accidentes e infracciones de tránsito del chofer militar, avalado por el Juez Militar de Tránsito.
- Presentar Ficha de examen médico expedida por Policlínico Militar Chorrillos
- Presentar 4 fotografías de frente a color, de civil, fondo blanco y en tamaño carné
- Presentar Fotocopia de DNI
- Pago en el Banco de la Nación de 0.9% de 1 UIT
Para tener informes del estado del trámite se debe acudir al COEDE (Av.Escuela Militar S/N Chorrillos – LIMA).
Renovación del Brevete Militar
Para renovar el brevete militar, en caso de que la licencia ya no esté vigente, el solicitante rendirá el respectivo examen de aptitud psicosomática en el Centro de Emisión de Licencia de Conducir (MTC), ubicada en el Jr. Antenor Orrego 1923, Chacra Ríos Cercado de Lima (cdra. 20 de la Av. Venezuela).
Más información sobre el canje del brevete militar: Servicio al Ciudadano
abril 27th, 2011 a las 15:08
SOY SUB OFICIAL DE LA PNP EN SITUACION DE ACTIVIDAD, TENGO LICENCIA DE CONDUCIR MILITAR VIGENTE, ESTOY AUTORIZADO PARA CONDUCIR AUTOMOVIL PARTICULAR
mayo 2nd, 2011 a las 23:37
Sí es posible sustituir el brevete militar por una licencia civil, pero debes seguir ciertos requisitos.
• Relizar un pago de 0.9% de 1 UIT en el Banco de la Nación
• Adjuntar el Brevete Militar en Vigencia
• Presentar el Record de accidentes de infracciones de tránsito, el cual debe ser expedido por el juez militar de tránsito
• Adjuntar la ficha de examen clínico psicotécnico
• Presentar Certificados de obtención de exámenes psicofísico, transito, pasajeros, carga, mecánica, y manejo
• Presentar copia simple del DNI
• Presentar copia autenticada de la resolución y/o documento que acredite la baja del servicio activo
• Llenar una ficha de postulante
Si el brevete militar no está vigente, deberás rendir el examen de aptitud psicosomática.
agosto 27th, 2011 a las 16:44
tengo un brevete militar vencido cuales son los requisitos para actualizarlo
septiembre 2nd, 2011 a las 14:39
Para renovar el brevete militar, en caso de que la licencia ya no esté vigente, el solicitante rendirá el respectivo examen de aptitud psicosomática en el Centro de Emisión de Licencia de Conducir (MTC), ubicada en el Jr. Antenor Orrego 1923, Chacra Ríos Cercado de Lima (cdra. 20 de la Av. Venezuela).
septiembre 26th, 2011 a las 4:42
fui miembro de la marina en el 96 tuve mi brebete militar pueo hacer algun tramite para sacar mi brevete profecional a2 cuales son los requisitos y en donde es el tramite
septiembre 26th, 2011 a las 12:27
Te recomendamos revisar nuestro artículo sobre:
– Brevete A2: Licencia de conducir especial para transportistas
octubre 18th, 2011 a las 15:40
fui miembro de la fuerza aerea en el 2005 hasta el 2009 y obtube mi brevete militar pero fui victima de un asalto de dicho documento hace tres años y prosedi hacer la denuncia correspondiente.Que debo hacer para el canje de mi brevete miitar por la licencia de conducir paticular.
octubre 28th, 2011 a las 14:41
SOY MIENBRO DE LAS FUERZAS ARMADA EL BREVTE MILITAR ES VALIDO PARA CUMDUCIR ,MI VEHICULO PROPIO
DE USO PERSONAL
octubre 30th, 2011 a las 23:46
Si deseas obtener una licencia de conducir particular, deberás realizar los trámites normales como cualquier ciudadano. Te recomendamos revisar nuestro artículo sobre:
– Brevete A1: La Licencia de Conducir mas popular
noviembre 5th, 2011 a las 10:58
Soy miembre de la Policia Nacional tengo Brevete Militar si choco con mi vehiculo particular el seguro SOAT me asiste por daños a tercero o solo cuando manejo vehiculo Militar
noviembre 7th, 2011 a las 23:40
Lo mejor será contactar directamente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.
noviembre 14th, 2011 a las 15:22
señores les agradecere decirme cuales son los requisitos para obtener duplicado de brevete militar en caso de perdida o robo
noviembre 20th, 2011 a las 23:37
Lo mejor será contactarse con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
diciembre 9th, 2011 a las 14:59
Hola soy. Efectivo policial y me doy cuenta q no está clara la respuesta q hacen muchos quisiera q me aclaran sí puedo o no conducir mi vehiculo con licencia militar gracias.
diciembre 12th, 2011 a las 9:28
El brevete militar si autoriza conducir vehículos particulares excepto para transporte publico, corrijan su información.
diciembre 12th, 2011 a las 10:21
Gracias por la información, ya ha sido corregido.
Saludos
enero 22nd, 2012 a las 15:14
soy miembro de marina tengo brevete militar y x razones de servicio hago escolta en moto. tengo q sacar otro brevete o puedo segir con el mismo
enero 24th, 2012 a las 1:25
El brevete militar permite conducir cualquier vehículo sí te encuentras en servicio.
enero 30th, 2012 a las 3:31
Por servicio quisiera saber el numero de mi brevete militar, me es urgente por motivo de trabajo mi CIP es 114681500, por favor ayudemen y enviemelo a mi correo
enero 30th, 2012 a las 3:33
soy Mayor del Ejercito en situacion de retiro, agradecere me remitan a mi correo mi numero de brevete y la forma de canjearlo por la licencia A2
enero 31st, 2012 a las 23:51
Este tipo de trámites deberás consultarlos con la entidad correspondiente. Saludos
febrero 15th, 2012 a las 14:26
para todos los que tiene su brevete militar vencido y estan dados de baja y requieren canjear por brevete civil deberan acercarse a la Escuela de Material de Guerra a fin de rendir los examenes correspondientes a fin de iniciar el tramite ante el MTC
febrero 17th, 2012 a las 9:59
Hola estimado Soy licenciado de la marina de guerra del Perú obtuve mi brevete durante el servicio el año 2000 al 2002 , la interrogante es que si puedo acudir a alguna institución para obtener mi brevete civil ? gracias te antemano por su apoyo.
Carlpires202@hotmail.com
febrero 21st, 2012 a las 23:43
Debes acudir al Centro de Emisión de Licencia de Conducir (MTC).
mayo 3rd, 2012 a las 9:22
hace dos años sali del servicio activo de la fap (como TIP)mi brevete militar tiene 30 años de antiguedad (aun esta vigente), si lo cambio por brevete civil que categoria me corresponde(quiero trabajar en taxi)
mayo 27th, 2012 a las 13:32
SOY SO PNP ME HAN INTERVENIDO EN ESTADO ETILICO REQUISANDOME LA LICENCIA MILITAR, QUISIERA SABER A DONDE LO REMITEN LA LICENCIA MILITAR Y DESPUES DE CUANTO TIEMPO DEBO DE RECOGERLO
junio 16th, 2012 a las 17:12
soy miembro de las FFAA que pasos debo seguir para sacar el duplicado de mi brevete por pérdida de este.
junio 18th, 2012 a las 18:52
La consulta debes realizarla directamente en el MTC o en la Escuela de Servicios del Ejército
junio 22nd, 2012 a las 9:20
hola amigo soy miembro pnp, y que pasos debo seguir para actualizar mi brevete militar, toda vez que en la actualidad cuento con dicho brevete vencido desde hace años cuando era alumno de la escuela de pte piedra, no lo he actualizado cuales son los pasos a seguir muchas gracias.
junio 23rd, 2012 a las 0:09
en quec reglamento esta dispuesto sobre si puedo manejar auto particiular propio
junio 26th, 2012 a las 15:09
Debes hacer la consulta en la Escuela Material de Guerra del Ejercito
julio 5th, 2012 a las 23:41
yo tenia mi brevete en el 97, con grado de soldado, por querer en el 98 cambiarlo por grado de sargento, le di a un mayor que tenia conocidos para hacer el cambio en la escuela de servicio, y nunca mas lo vi.pregunto¿ podría canjear yo, habiendo tenido mi brevete militar por el civil o ya no se puede por el tiempo transcurrido, a donde tengo que ir o que requisitos tendria que hacer, por favor quisiera una respuesta,y tambien a cuanto equivale el 0.9% de un U.I.T en soles
julio 10th, 2012 a las 23:46
En el post encontrarás las indicaciones para canjear el brevete militar por un brevete civil. En caso no cuentes con el brevete militar y deseas renovarlo, debes acudir al Centro de Emisión de Licencia de Conducir (MTC). También puedes optar por tramitar directamente un brevete civil.
El valor de la UIT es de S/.3650 soles.
julio 18th, 2012 a las 19:39
soy militar tengo k dar examen medico o estoy exonerado?
o k mas examenes y pagos tengo k hacer? soy cadete fap gracias
julio 18th, 2012 a las 22:22
El certificado del examen psicosomático y de suficiencia técnica son obligatorios.
julio 20th, 2012 a las 21:24
soy Tco2 (R)EN SITUACION DE RETIRO POR RENOVACION, SALI EL 31 DIC-11, UN GRAN SERV. EL AÑO 1998, MI uNIDAD GESTIONO EL TRAMITE DE BREVETES MILITARES PARA TECNICOS, SUB-oFLSS Y TROPA, RESULTA QUE EL MIO SE ME PERDIO Y NO RECUERDO EL NRO DE LA LICENCIA DE CONDCIR, MASA AUN NO LA ACTUALICE, ACTUALMENTE HE HECHO EL TRAMITE PARA OLA OBTENCION DEL BREVETE CIVIL PERO ME PIDEN EL RECORD DE MANEJO, EN EL DOCUMENTO SOLICITADO ME PIDEN EL NRO DEL BREVETE Y EL AÑO DE EXPEDICION, DONDE PUEDO SACAR MI NRO A FIN DE CONTINUAR CON EL TRAMITE CORRESPONDIENTE, AGADECERIA ME AYUDEN EN ESTE SERV. SOLICITADO. ATTE.
julio 22nd, 2012 a las 10:27
sabes soy ofical del ejrcito en activo tengo mi licencia de conducir militarase 8 años que categoria me pueden dar para manejar carros particular eso es todo cracia y espero su respuesta
julio 30th, 2012 a las 12:17
hola ,bueno la verdad que entiendo que con mi brevete militar puedo manejar mi vehiculo particular,pero deseo saber en que ordenanza,ley o resulucion se encuentra mas datos sobre este tema,ya que muchos policias de transito me han detenido y me han informado que NO puedo manejar mi vehiculo con este brevete… por favor algun link donde pueda encontrar esto enviarlo al correo: jhonathan43@hotmail.com gracias
julio 30th, 2012 a las 13:20
hola ,bueno la verdad que entiendo que con mi brevete militar puedo manejar mi vehiculo particular,pero deseo saber en que ordenanza,ley o resulucion se encuentra mas datos sobre este tema,ya que muchos policias de transito me han detenido y me han informado que NO puedo manejar mi vehiculo con este brevete… por favor algun link donde pueda encontrar esto enviarlo al correo: jhonathan43@hotmail.com gracias
agosto 1st, 2012 a las 18:40
soy miembro de PNP y tengo brevete militar perdido vigente tramites para duplicado soy de piura, oficina mas cercana para tramita mi duplicado
agosto 5th, 2012 a las 13:13
Debes realizar a consulta en el Ministerio de Transporte y Comunicaciones o en la Escuela de Material de Guerra del Ejército.
agosto 5th, 2012 a las 13:14
Debes realizar la consulta en el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
agosto 5th, 2012 a las 19:19
SOY DEL SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO PUEDO OBTENER EL BREBETE MILITAR????
agosto 13th, 2012 a las 18:54
El brevete militar puede ser canjeado por Oficiales, Técnicos, Sub Oficiales y Tropa de las FFAA y PNP
agosto 15th, 2012 a las 18:43
TENGO MI BREVETE MILITAR EXPEDIDO EN EL AÑO 1995, CADUCANDO 10 07 2012 POR PASE AL RETIRO…. PERO TAMBIEN TENGO BREVETE A I, LA PREGUNTA ES ESTA SI PUEDO CANJEAR MI BREVETE MILITAR POR OTRA CATEGORIA MAYOR A LA Q TENGO (A I) PUEDE SER A UNA CATEGORIA (A III A) O MENOR
agosto 15th, 2012 a las 18:44
DE ANTEMANO SE LE AGRADECE SU COMENTARIO
agosto 20th, 2012 a las 10:01
tengo el brevete militar computarizado saque en el 94 y sali de baja en el 98 x razones de trabajo saque apurado mi a1 todavia tiene valides para canjearlo por a3b ya el curso es demasiado caro ahora necesito la categoria alta para conseguir trabajo gracias
agosto 23rd, 2012 a las 16:51
como hago para renovar mi licencia de conducir militar ya que se encuentra vencido, a que lugar concurro, a la escuela de material del ejercito confirmeme por favor
septiembre 15th, 2012 a las 23:46
hola amigo soy miembro pnp, y que pasos debo seguir para actualizar mi brevete militar, toda vez que en la actualidad cuento con dicho brevete vencido desde hace años cuando era alumno de la escuela de pte piedra, no lo he actualizado cuales son los pasos a seguir muchas gracias.
octubre 9th, 2012 a las 10:44
hola, soy militar hace 5 meses saque mi ficha medica, tenia todos mis documentos y hasta pague al banco. y me faltaba solo tomar examen de manejo, creen que aun sirvan mis documentos?
noviembre 8th, 2012 a las 11:00
quiero saber si el brevete militar Nr. PA-100611 esta vigente y a nombre de quien
diciembre 4th, 2012 a las 19:42
Buenas tardes, quisiera informarles que habiendo revisado jurisprudencia vinculante con casos de personal policial y militar con brevete militar, segun el reglamento administrativo de transito militar en tiempo de paz D.S. no 11-EMG/A2C, en el cual en su art. 10 y 50, expresamente dice que solo los oficiales de las fuerzas amadas y fuerzas auxiliares (ahora PNP, ya que dicho reglamento es de 1960), estan facultados para conducir vehiculos particulares, mas no personal asimilado, ni subalterno ni especialistas; incluso la Escuela de MAterial de Guerra y el MTC tambien se pronunciaron al respecto. Para mas informacion soliciten a la defensoria del asegurado
enero 10th, 2013 a las 11:18
soy cadete de la marina en mi condicion de que todavia sigo con los estudios sin poder graduarme aun , pero tengo mayoria de edad puedo tramitar mi brevete militar y cuales son los requisitos en mi caso si se podria .
febrero 8th, 2013 a las 22:24
soy soy de la PNP, y tengo licencia militar quiero saver si puedo manejar mi vehiculo particular y en que ley o reglamento me autoriza para el mismo por cuanto en el Reglamento Nacional de Transito tampoco prohibe que conduscamos vehiculos particulares solo dice que se uede manejar un vehoiculo siempre y cuando tengas licencia de conducir sea del MTC o del Miitar, por lo que hay un vacio legal
febrero 12th, 2013 a las 9:24
soy so PNP en actividad con Brevete militar puedo manejar vehiculo particular camioncito FUSSO
febrero 14th, 2013 a las 15:11
hola soy un licenciado de las fuerzas armadas y saque mi brevete militar 5 meses antes de que me vaya de baja porque estuve destacado en una base pero mi brevete ya vencio en diciembre del 12… lo puedo canjear a un brevete civil
marzo 13th, 2013 a las 16:27
Buenas tardes,para su conocimiento en el Artículo 118 inciso (b)del Reglamento Nacional de Tránsito, a la letra dice:
Para conducir vehículos dentro del territorio nacional, son válidas las siguientes
Licencias de Conducir y Permisos Internacionales:
a) Las expedidas de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento.
b) Las Licencias otorgadas al personal de las Fuerzas Armadas expedidas de acuerdo al Reglamento Administrativo Militar de Tránsito.
Por lo tanto está claro q los miembros de la FF.AA. también pueden conducir su vehículo particular con su brevete militar, hacer de conocimiento de esto a los “señores” policías. Gracias
marzo 20th, 2013 a las 20:12
cuales son los requisitos para sacar licencia militar para moto y donde se hace los tramites gracias
abril 2nd, 2013 a las 11:45
Soy so.PNP y quiero sacar brevete para conducir de motocileta cuales son los requisitos
abril 4th, 2013 a las 11:08
Te recomendamos revisar nuestro artículo sobre:
– B2: Licencia de Conducir para Motos y Vehiculos de 2 Ruedas
mayo 24th, 2013 a las 15:44
Hola soy oficial en retiro de la PNP y tengo mi licencia vencida que tramite tengo que hacer
mayo 26th, 2013 a las 0:12
tengo mi brevete 9 meses estoi prestando servicio militar i ya me voi a licenciar qiero saber si puedo cangearlo nesecito ayuda
junio 27th, 2013 a las 6:58
soy miembre de ffaa saque mi brevete militar el 98 tambien obtuve una licencia civil tuve problema con brevt civil por accidente el 2007 y a los 4 o 5 dias del accidente saque un duplicado por desconocimiento por que alguien me dijo y me lo dieron y ahora me han cancelado pero sigo activo en la FFAA como puedo hacer para recuperar mi brevete civil tal vez puedo hacer curso de rehabilitacion de conductores ahhhh y ouedo continuar con mi brevete militar manejando mi auto particular
julio 8th, 2013 a las 9:26
Estoy próximo a viajar de vacaciones a EEUU, el brevete militar peruano es valido en ese pais?
julio 12th, 2013 a las 19:59
Te recomendamos revisar nuestro post sobre:
– Licencia de Conducir Internacional: Para Conductores Viajeros
julio 15th, 2013 a las 19:52
soy técnico de la Policía Nacional del Perú, el brevete militar también me permite conducir vehículos particulares
julio 15th, 2013 a las 19:54
soy técnico de la Policía Nacional del Perú, el brevete militar también me permite conducir vehículos particulares
porque en uno de los artículos solo dice para las Fuerzas Armadas, mi pregunta es si esta también incluido la PNP
julio 19th, 2013 a las 8:40
LA VERDAD SUENA ALGO DISCRIMINATORIO PERO ES LA REALIDAD, AQUELLOS QUE TIENE BREVETE MILITAR COMO EL QUE LES ESCRIBE, TOMEN NOTA Y MUCHO OJO ” DE ACUERDO AL DECRETO SUPREMO Nº 011/EMG/A2C DEL 20 DE AGO 1960 EL CUAL DICE QUE SOLO EL PERSONAL DE OFICIALES DE LAS FFAA Y PNP PUEDEN TENER EL DERECHO DE MANEJAR SUS AUTOS PARTICULARES, MAS NO EL PERSONAL DE SUBALTERNOS LLAMADOS TCOS, SSOO Y PTSM, EL CUAL LAS EMPRESAS ASEGURADORAS NO RECONOCEN LOS SINIESTROS QUE UD. PUEDE OCASIONAR, EN OTRAS PALABRAS, NO NOS SIRVE PARA LA CALLE,YA ME HA PASADO Y LA VERDAD AHORA TENGO MI BREVETE CIVIL. QUISIERA COMPARTIR MI EXPERIENCIA Y ACA LES DEJO LO QUE DETERMINO LA EMPRESA ASEGURADORA:
El conductor no es titular de licencia de conducir emitida por el MTC y sí es titular de licencia de conducir clase militar de personal sub alterno o sub oficial, no estaba facultado a la conducción, ya que el Oficio N° 1303-ESC.MG/SECC-BREV, emitido por la Escuela de Material de Guerra, señala que “.. el personal de técnicos, sub oficiales, tropa y empleados civiles de la fuerza armada y policía Nacional del Perú, no están facultados para conducir vehiculos particulares empleando el brevete militar”; (7) según el Oficio N° 1699-2009-MTC/15.03 señala que el citado y vigente artículo 50° del Reglamento Administrativo de Tránsito Militar en Tiempo de Paz, aprobado con D.S. N° 11-EMG/A2c del 20/08/1960 y su modificatoria RA-00-009 (20.04.1962) establece que los brevetes otorgados a los oficiales de la Fuerza Armada y Fuerzas Auxiliares en actividad les da derecho de manejo de carros particulares; por ello la licencia de conducir que presentó el conductor del vehículo asegurado sólo lo facultaba para la conducción de vehículos motorizados de dichas instituciones militares y de vehículos ejerciendo su cargo o servicio militar.
agosto 9th, 2013 a las 11:02
hola! fui lic. en el 2005 y ya fui dado de baja pero no sace mi brevete militar, en la actualidad tendre derecho a poder sacar mi brevete militar?. gracias de ante mano por su respuesta.
agosto 9th, 2013 a las 18:52
se me perdio mi brevete militar, que tengo que hacer para obtener el duplicado
agosto 12th, 2013 a las 13:01
soy SO. PNP. Un Mayor PNP indica que solamente ellos como oficiales pueden manejar vehiculos particulares con Licencia Militar mas no los SUB OFICIALES, ?ES VERDAD ESO?, por que yo veo un abuso, ni una norma legal indica eso, salvo que esté errado. RESPONDAME POR FAVOR GRACIAS.
agosto 18th, 2013 a las 22:18
hola amigos de las FFAA Y PNP segun el decreto supremo Nº 040 el personal de las FFAA y PNP puede manejar vehículos del ejercito, policiales y vehículos particulares dentro del territorio nacional y con relación a lo que mencionan que solo los oficiales lo pueden hacer, ese decreto supremo ya fue derogado, les comento esto por que recién termine un curso de UIAT, hay que actualizarse
agosto 19th, 2013 a las 9:44
perdi mi brevete militar que debo y que requisitos me piden para sacar un duplicado
agosto 19th, 2013 a las 9:45
perdi mi brevete militar que debo hacer
agosto 19th, 2013 a las 17:37
Mi brevete militar se extravio por favor quisiera requisitos para recuperar gracias
agosto 19th, 2013 a las 17:52
Mi brevete militar se extravio por favor quisiera recuperar el duplicado .gracias
agosto 21st, 2013 a las 10:23
hola muy buenos dias disculpe yo quisiera hacer mi consulta en donde lo puedo cangear mi brebete por ya me faltan 2 meces para irme de vaja
septiembre 8th, 2013 a las 7:39
el brevete militar t permite manejar todo tipo d vehiculo motorizado d uso personal y/o particular, tonces xq los tombos dicen q no puedo manejar mi moto lineal?
septiembre 8th, 2013 a las 11:15
mi pregunta es, si el brevete militar te permite manejar todo tipo de vehiculo de uso personal y/o particular, porque los policias me dicen que no puedo manejar mi moto lineal? es de mi uso personal… tengo entendido (y me lo han dicho en la EMG seccion brevetes) que el “brevete militar para motos” es para aquellos que no manejan o no saben manejar automoviles y que por su trabajo requieren manejar motos lineales como por ejemplo los policias motorizados, los diferentes carteros o mensajeros oficiales de las instituciones militares. Me dijeron que para sacar brevete de moto mi comando debe enviar la solicitud especificando que es por necesidad especifica de alguna funcion que la requiera, y me confirmaron que con el brevete militar simple si puedo manejar “mi moto lineal de uso personal-particular”… es bueno que instruyan sobre esto a los policias que nisikiera lo saben.
octubre 27th, 2013 a las 16:13
EDUARDO, QUE IGNORANTE QUE ERES Y QUE VERGUENZA QUE DAS SI ERES MIEMBRO DE ALGUNA FUERZA ARMADA, PARA TU CONOCIMIENTO TOMBO ES UNA PALABRA UTILIZADA POR GENTE DE BAJO NIVEL DE CULTURA COMO ES LA LACRA DE LA SOCIEDAD, QUE FALTA DE PROFESIONALISMO
noviembre 25th, 2013 a las 18:54
Siendo militar en situcion de retiro y teniendo brevete militar vigente, ¿puedo utilizarlo?
noviembre 26th, 2013 a las 23:26
TODO LO VERTIDO ES FALSA, LA POLICIA ES LA PRIMERA EN OBJETAR LA CONDUCCION CON BREVETE MILITAR, ENTONCES ELLOS TAMBIEN ACOSO NO TIENEN BREVETE MILITAR, MUCHO QUE EXPLICAR.
POR OTRO LADO EL PERSONAL DE LAS FFAA Y FFPP DEL PERU CON EL BREVETE MILITAR CONDUCE VVHH MENORE, DE TRANSPORTE DE PERSONAL Y DE CARGA (AUTOS, BUSES Y CAMIONES) DE LOS RESPECTIVOS INSTITUTOS, NO VEO CUAL ES LA RAZON PARA QUE BAJO UNA FALTA TOTAL DE CRITERIO SE DIGA QUE EL BREVETE MILITAR NO AUTORIZA A CONDUCIR VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO, ESMAS LOS MIEMBORS DE LÑAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIALES SON LOS MAS CAUTOS PARA CONDUCIR RESPETANDO LAS REGLAS DE TRANSITO A COMPARACION DE LOS CIVILES QUE OBTIENEN BREVETE EXPEDIDO POR EL MTC Y SON LOS QUE MAS INFRACCIONES COMETEN.
ESPERO QUE ESTE TEMA SEA MATERIA DE DISCUSION PARA LA COMISION D ETRANSPORTE DEL CONGRESO YA QUE MUCHOS MILITARES ASI COMO POLICIAS AL TERMINO DE LABORES DE CUARTEL O COMISARIAS VEN LA FORMA DE LLEVAR UN POCO MAS DE DINERO A CASA TRABAJANDO EN MICROS Y BUSES O TAXIS Y LO HACEN OCN EL BREVETE MILITAR PERO LIMITADAMENTE, SERI BUENO QUE AL MENOS DESAPARESCA ESTA RESTRICCION PARA PODER PALIAR LOS YA MAGROS Y BAJOS SUELDOS.
diciembre 26th, 2013 a las 22:39
soy Sub Oficial del EP en seis meses mas paso al retiro, tengo brevete militar desde el 2000 he manejado todo tipo de vehiculos militares incluso de transporte de personal, ahora que paso al retiro necesito obtener mi brevete A3C, se que debo pagar algunos cursos, quiero saber si tenemos algún apoyo del MTC en realizar los tramites???? y que documentos debo presentar………….. gracias por su respuesta
enero 17th, 2014 a las 14:41
hola disculpa quisiera informarme soy lisenciado del ejercito el año 1999 octube mi brevete quisiera saber que occion tengo para sacar mi brevete civil gracias
febrero 12th, 2014 a las 11:08
Buenos días, soy un miembro de las FFAA, el día de ayer estaba movilizado en mi auto, cuando fui intervenido por un efectivo PNP, al mostrarle mi brevete Militar, me indico que no es una licencia para conducir vehículos particulares, e incluso me llevo hasta la comisaria de Apolo, por no contar con licencia de conducir civil. Realmente no entiendo porque actúan de esta manera o es que hay rivalidad entre miembros de las FFAA y FFPP. Si bien claro dice en el documento que está autorizado para manejar cualquier vehículo motorizado. Si estoy equivocado que alguien me corrija. Gracias
febrero 28th, 2014 a las 21:12
hola que tal un favor quisiera saber cuales son las normas que regulan los brevetes militares es urgente porfis gracias
marzo 23rd, 2014 a las 10:45
buenos dias, quisiera que se esclaresca si es que el brevete militar autoriza el manejo de automovil y moto particular; gracias.
marzo 29th, 2014 a las 16:05
Disculpa, este tema es actual? un familiar mio,desea saber si todo lo escrito es actual,estare agradecida por su respuesta.
mayo 9th, 2014 a las 12:14
Donde se encuentra ubicado la entidad que expide el Récord del conductor militar. Tiene una website, o un teléfono para saber de qué y hasta qué hora trabaja?
Gracias
mayo 18th, 2014 a las 21:17
soy miembro de la marina y he pasado al retiro, agradecería me remitan a mi correo el número de mi brevete militar, el cual fue robado el año pasado, lo necesito para hacer mi canje para obtener mi brevete particular.
mayo 27th, 2014 a las 23:27
Buscaba información cobre canje de Brevete Militar por Licencia Particular y Profesional y este es el único blog en donde he conseguido lo que buscaba. Gracias
julio 10th, 2014 a las 22:07
de acuerdo al DS N° 04-MTC-2008 del 18 de Nov del 2008, en su articulo 10 dice lo siguiente:
Artículo 10.- Licencias válidas para conducir en el territorio nacional
Para conducir vehículos dentro del territorio nacional, tienen validez las siguientes licencias
de conducir y permisos internacionales:
a) Las expedidas de acuerdo a lo dispuesto en el presente reglamento.
b) Las licencias otorgadas exclusivamente al personal de las Fuerzas Armadas y Policía
Nacional del Perú en situación de actividad;
julio 22nd, 2014 a las 18:08
yo soy licencia en el año pasado pero cuando fui a a canjearlo el año pasado me dijeron k tenia k pasar 2 años para poderlo canjearlo kiero k me diga como es ese tramite si lo puedo canjearlo nomaz o debo esperar los dos años .
julio 29th, 2014 a las 22:30
hola soy licenciado del ejercito hice tramites meses antes de darme de baja para mi brevetea militar…pero no llegue a recibir mi brevete militar …ahi posibilidades para obtener una licencia civil….por el servicio prestado ami patriA…..mas lo hago porq tengo familia…y no estoy en condiciones de poder sacar uno por motivos economiomicos…gracias
octubre 1st, 2014 a las 19:22
sres mienbros de las fuerzas armadas y policiales del peru en actividad ,El brevete militar es expedido por la Escuela de Material de Guerra del Perú y permite manejar tanques, camiones, omnibuses, camionetas portatropas, autos y otros vehículos militares, y vehículos de uso particular.El personal de las Fuerzas Armadas en servicio activo (oficiales, técnicos sub oficiales, tropa y empleados civiles con especialidades afines, de las FFAA y PNP) tiene derecho a recibir una licencia de conducir de acuerdo al Reglamento de Tránsito Militar.
octubre 1st, 2014 a las 19:34
en corcordancia a la ley 27181 ley general de transito y al reglamento nacional de licencias de conducir mediante el d.s. 040-2008 en su art. 10 inciso b, las licencias validas en el terrritorio nacional son las expedidas al personal militar de las ffaa. y policia nacional en actividad.y en concordancia d.s.011 EMG/A2C del 20 de agost. 1960 El brevete militar es expedido por la Escuela de Material de Guerra del Perú y permite manejar tanques, camiones, omnibuses, camionetas portatropas, autos y otros vehículos militares, y vehículos de uso particular.no es valido para servicio publico como taxi,combis de serv. publico,trasporte de carga,ect. esta muy claro asimimo al pase de retiro y con vigencia el brevet militar,El canje se realiza cuando el conductor militar ha sido dado de baja, se encuentra en situación de disponibilidad o en retiro. En caso de que el brevete militar no este vigente, el solicitante rendirá el respectivo examen de aptitud psicosomática.
El inicio del trámite se debe realizar en la mesa de partes de la Escuela de Material de Guerra del Ejército (EMGE).
octubre 1st, 2014 a las 19:42
Este brevete se puede canjear por una de la clase y categoría equivalente a la establecida en el presente reglamento, siempre que la licencia de conducir esté vigente.En caso de que el brevete militar no este vigente, el solicitante rendirá el respectivo examen de aptitud psicosomática.
El inicio del trámite se debe realizar en la mesa de partes de la Escuela de Material de Guerra del Ejército (EMGE).espero que les sirva muchas gracias siempre con base legal.
noviembre 15th, 2014 a las 17:16
disculpe una pregunta yo he tenido mi brevete militar hace 15 años y se me estravio como puedo saber si sigue activo y donde puedo averiguarme sobre el brevete xq quisiera cangearlo q hago
noviembre 24th, 2014 a las 10:27
Soy TCO2 EP (R)Domingo Medina en situación de retiro, tengo mi licencia vencida o caducada con fecha 09 de Noviembre del 2014,que puedo hacer para obtener una nueva licencia vigente, agradeceré por favor hacerme llegar sus comentarios a mi correo: domingo_300859@hotmail.com, quedo de ustedes mu agradecido.
diciembre 10th, 2014 a las 11:19
perdí mi brevete militar, como obtengo el duplicado??
febrero 12th, 2015 a las 18:12
Soy SOS PNP en Retiro desde el 2013 (hace 2 años aprox), tengo mi brevete militar vigente hasta el 2017, puedo tramitar su canje a un brevete civil.
marzo 3rd, 2015 a las 20:05
Soy miemvro del ejercito del Perú en actividad y tengo licencia de conducir militar.. Puedo conducir mi vehículo propio con este brevete..
marzo 14th, 2015 a las 9:14
un técnico de la marina de guerra del peru con BREVETE MILITAR puede conducir una camioneta rural de servicio publico de pasajeros con fines de mantenimiento al mecanico, sin estar realizando servicio publico.
mayo 18th, 2015 a las 17:48
tengo un brevete militar para conducir todo tipo de vehículo puedo también conducir una motocicleta o es necesario tramitar otra
junio 4th, 2015 a las 16:55
Saludos… si eres personal auxiliar, personal de tropa o personal civil de cualquier fuerza ….y tienes brevete militar solo te autoriza a manejar vehículos estatales y/u oficiales mas no particulares ni de servicio publico…. Si eres oficial si te autoriza a manejar tu vehiculo…
junio 4th, 2015 a las 17:01
Si tienes brevete militar y estas en la situacion de militar de retiro puedes tramitar el canje con el brevete civil siempre y cuando no tengas otro brevete civil… en este caso debes renunciar a la titularidad primigenia de tu brevete en la Region donde lo obtuviste, para obtener una de mayor categoria…
junio 4th, 2015 a las 17:06
Otro si digo a quien le interese…Si tienes brevete militar y estas en la situacion de militar de retiro puedes tramitar el canje con la Licencia de conducir siempre y cuando no tengas otra Licencia civil… en este caso debes renunciar a la titularidad primigenia de tu Licencia en la Region donde lo obtuviste, para obtener una de mayor categoria…
junio 4th, 2015 a las 17:14
El brevete militar no te autoriza a manejar vehículos de servicio publico o particular solo vehículos oficiales… siempre y cuando seas personal auxiliar, tropa o personal civil de cualquier fuerza…si eres oficial si te permite conducir tu vehículo particular… y se evitaran problemas con la PNP
julio 12th, 2015 a las 12:08
Dirección de la EMGE o alguna pagina para contactar me.
julio 31st, 2015 a las 16:32
Hola soy personal suboficial de la FFAA ..kiero saber si con brevete militar puedo manejar mi vehiculo particular
agosto 1st, 2015 a las 22:06
deseo consutar soy policia en retiro y cuento con brevete militar que caduca el 20-12.2016, el 23 de febrero del 2015 he pasado a retiro y deseo saber que debo hacer para convalidar el brevete a civil y en que lugar
agosto 10th, 2015 a las 8:48
La PNP permanentemente me manifiesta que con el brevete militar no se puede conducir vehículos particulares; sin embargo se que existe ciertos dispositivos que confirman la autorización; pero a la fecha no encuentro esos decretos
noviembre 8th, 2015 a las 12:42
SOY PERSONAL EN ACTIVIDAD, TENGO BREVETE MILITAR, CADA VEZ QUE UN EFECTIVO DE LA PNP ME DETIENE SIEMPRE DICE QUE NO SE PUEDE CONDUCIR CON BREVETE MILITAR, PERO CUANDO HAY OPERATIVOS DE MINISTERIO DE TRANSPORTES TE DICE QUE SI ESTA AUTORIZADO, HA QUIEN SE LE CREE A UN POLICIA QUE HACE SOLAMENTE CUMPLIR CON LAS REGLAS DE TRANSITO O AL PERSONAL DEL ENTE REGULADOR, CREO QUE POR AHI ESTAN LAS COSAS. HAY EFECTIVOS POLICIALES QUE DICEN HAY UNA NORMA ACTUAL QUE TE IMPOSIBILITA PERO NO TE DICEN LA NORMA, O EL DISPOSITIVO LEGAL ACASO NO ESTAN INFORMADOS PARA CUMPLIR CON EL REGLAMENTO DE TRANSITO….. O SOLO BUSCAN ENCONTRARTE ALGUNA FALTA PARA PONERTE UNA PAPELETA…… DICEN QUE SOLAMENTE PARA OFICIALES, ACASO LAS LEYES SON DISCRIMINATORIAS…. CREO QUE NO POR AHI ESTA LA RESPUESTA……….
noviembre 8th, 2015 a las 13:03
CON EL BREVETE MILITAR SI SE PUEDE CONDUCIR VEHICULOS PARTICULARES COMO LO DICE LA NORMA LEGAL EMITIDO POR EL ENTE REGULADOR COMO EL MINISTERIO DE TRANSPORTES, LA PNP DE TRANSITO NO ESTA FACULTADO PARA DECIRTE QUE NO SE PUEDE POR QUE NO SON ELLOS QUIENES EMITEN NORMAS LEGALES SOLO ESTAN PARA HACERLAS CUMPLIR…… ACASO A ELLOS NO SE LES EXPIDE BREVETE MILITAR? ELLOS MANEJAN VEHICULOS MILITARES?…. ASI QUE NO TENGAN MIEDO EN PRESENTAR SU BREVETE MILITAR… NO LE VAN A COMETER NINGUNA INFRACCION Y POR ENDE UNA PAPELETA……..
noviembre 16th, 2015 a las 10:47
Buenos dias mi pregunta es la siguiente, se puede conducir una ambulancia de la policia, con brevete militar?
noviembre 23rd, 2015 a las 21:50
me podrian proporcionar el Decreto Supremo N° 011 – EMG/A2c del 27 Ago 1960 tengo muchos problemas con la policia porque segun ellos manifiestna que no sirve esa licencia quiero tener el documento para taparles la boca a algun ignorante que me diga.
noviembre 24th, 2015 a las 9:36
quisiera que me indique cual es la norma legal en donde indique que si se puede conducir vehiculos particulares con el brevete militar… gracias
enero 27th, 2016 a las 19:02
YO TAMBIEN DESEO que me indique cual es la norma legal en donde indique que si se puede conducir vehiculos particulares con el brevete militar… gracias
febrero 2nd, 2016 a las 11:05
quisiera enviar todo los documentos legalizados para renovar mi brevette militar …trabajo en arequipa …alguien me puede decir x favor la direccion exacta para remitir mis documentos al lima donde sacan brevete militar del ejercito
febrero 18th, 2016 a las 18:23
EL REGLAMENTO DE TRANSITO MILITAR ESTA CLARO EN SU ART. 10 y 50 NO PERMITE QUE LOS SUB OFICIALES, TÉCNICOS DE LAS FF.AA Y PNP U OTROS DE NO SEAN OFICIALES CONDUZCAN VEHÍCULOS PARTICULARES, ASÍ QUE SEÑORES NO SE DEJEN ENGAÑAR CUANDO LOS TRAMITADORES MILITARES LES DIGAN QUE TIENEN LA FACULTAD DE CONDUCIR VEHÍCULOS PARTICULARES AUNQUE SENA DE SU PROPIEDAD. ” OJO”, ESTA PRIORIDAD ES SOLO PARA “OFICIALES”
febrero 18th, 2016 a las 18:25
ES LA VERDAD
marzo 7th, 2016 a las 9:32
Por qué puerta se puede ingresar al coede quiero sacar por primera ves mi breve te militar
abril 12th, 2016 a las 19:36
EL PERSONAL DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERU CON GRADO DE TECNICO CONTANDO CON BREVETE MILITAR PUEDE CONDUCIR UN VEHICULO PARTICULAR SIN SER DE SU PROPIEDAD? GRACIAS POR LA RESPUESTA.
abril 26th, 2016 a las 0:06
b) Las licencias otorgadas exclusivamente al personal de las Fuerzas Armadas y Policía
Nacional del Perú en situación de actividad;
ES LO QUE DICE EN EL ARTICULO 10 (Licencias válidas para conducir en el territorio nacional)….TÍTULO II: CLASIFICACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR
ALOS COLEGAS DE LA PNP ACTUALICEN A LOS NUEVOS EFECTIVOS PS ELLOS NO CONOCEN ESTOS DECRETOS ….
abril 26th, 2016 a las 0:12
Artículo 29.- Canje de licencias de conducir militar
La licencia de conducir expedida de acuerdo al Reglamento de Tránsito Militar podrá canjearse por una de la clase y categoría equivalente a la establecida en el presente reglamento, siempre que la licencia de conducir esté vigente y presente el oficio del Director de la Escuela de Material de Guerra, gestionando el otorgamiento de la licencia de conducir para el conductor militar dado de baja, en situación de disponibilidad o retiro, adjuntando los siguientes requisitos:
a) Certificado de buena conducta, otorgado por la autoridad militar o policial competente.
b) Récord de accidentes e infracciones de tránsito del chofer militar, expedido por el Juez Militar de Tránsito.
c) Certificado del examen psicosomático y de suficiencia técnica, expedido por la Escuela de Material de Guerra.
d) Copia autenticada de la resolución y/o documento que acredite la baja del servicio activo.
e) Licencia de conducir militar en vigencia.
f) Copia simple del documento de identidad.
g) Pago por derecho de tramitación.
abril 29th, 2016 a las 16:48
Buenas, como puedo aser para tramitar o renovar mi licencia de conducir militar esk me encuentro en locumba y urje tener mi licencia y no se puede tramitar pork solo se puede sacar en lima y ay muchos kdran sacar y no pueden aser por las.zonas k se encuentran los conpañeros del ejercito deberia de poner una forma mas facil de tramitar sele pide alos señor crl jefe materialnde.guerra
abril 30th, 2016 a las 17:32
Sres, con licencia militar se puede conducir vehículos de servicio publico, cual es la norma que lo prohíbe, gracias
mayo 13th, 2016 a las 10:59
CLARO QUE SE PUEDE EN EL D. S N° 40/MTC-2008 EN EL TITULO II Y EN ART. 10 LO DICE PARA LAS FF.AA Y PNP.. NOESPECIFICA GRADOS ASI QUE SI SE PUEDE SRES.
mayo 18th, 2016 a las 16:42
Con el brebete milirar puedo conducir mi vehiculo particular
mayo 24th, 2016 a las 10:04
buenos días quiero saber si con el brevete militar puedo manejar mi vehículo personal……….gracias
junio 6th, 2016 a las 16:57
tengo una licencia de conducir para manejar vehículo mayor, mi pregunta es: si con esta licencia puedo manejar motocicleta y cual es la norma legal que lo regula y ampara
junio 23rd, 2016 a las 10:52
el brevete militar faculta a conducir vehiculos particulares?
junio 26th, 2016 a las 15:17
mi brevete militar esta vencido estoy en avctividad como cuanto tiempo se demora renovar actualizar
julio 18th, 2016 a las 23:43
BUENAS TARDES SOY TCO DEL EJERCITO EN ACTIVIDAD; BUENO EN QUE NORMA, DS, LEY, DISPOSITIVO ETC…DICE QUE UN TCO-SSOO DE LAS FFAA Y PNP NO PUEDE MANEJAR SU PROPIO VEHICULO PARTICULAR…..Y SI ES ASI, ENTONCES LE PIDO POR FAVOR AL MIN DEF, QUE NOS INFORME DE MANERA OFICIAL QUE EL PERSONAL DE TCOS-SSOO DE LAS FFAA Y PNP, ¨NO¨…NO PUEDE MANEJAR SU PROPIO VEHICULO Y QUE OBLIGATORIAMENTE DEBE GESTIONAR SU LICENCIA CIVIL, PUESTO QUE SE PRESENTAN CADA PROBLEMA CON LA POLICIA CUANDO HACEN BATIDAS.
agosto 4th, 2016 a las 14:49
Señores COEDE Mi consulta en 1984 en servicio militar tramite mi brevete militar,tengo opcion tramitar el duplicado si es asi a donde..gracias
agosto 4th, 2016 a las 20:38
Fui intervenido en chicama – Trujillo estaba conduciendo mi vehículo particular con mis documentos en regla con Brevete Militar y el policía me pone una infracción porque mi licencia no permite manejar vehículos particulares, yo me encuentro en el servicio activo. Necesito una explicación. Gracias
agosto 8th, 2016 a las 22:04
Bns noches, por favor quisiera saber que reglamento, decreto o norma, me permite o no conducir mi vehículo particular con mi licencia militar, soy Técnico EP en actividad. Muchas gracias.
agosto 11th, 2016 a las 15:19
buenas tardes por favor quisiera saber los formatos para renovar mi brevete militar gracias
agosto 14th, 2016 a las 0:09
BUENO PARA TODOS QUE TODABIA TIENEN DUDA SOBRE EL BREVETE MILITAR EL DECRETO SUPREMO 011EMG A2C DEL 20 DE AGOSTO 1960 Y EL DS N 040 MTC 2008 DEL 18 NOV. 2008 DICE QUE ESTA AUTORIZADO A CONDUCIR CON TU BREVETE MILITAR VEICULOS OFICIALES COMO CAMIONES, PORTA TROPAS, BUSES Y AUTOS OJO TAMBIEN ESTA AUTORIZADO A CONDUCIR VEHICULOS LIVIANOS PARTICULARES DE USO PERSONAL MAS NO DE SERVICIO PUBLICO ES MENTIRA QUE SOLAMENTE LOS OFICIALES ESTAN AUTORIZADOS PARA EL MANEJO DE VEHICULOS PARTICULARES EL DS N.040 MTS 2008 NO MENCIONA EN NINGUNO DE SUS ARTICULOS
agosto 15th, 2016 a las 17:06
tener brevete militar, autorizar quedar impune despues de haber ocacionado un accidente de tránsito con daños personales y materiales de un vehículo policial…
agosto 15th, 2016 a las 17:08
debe de ser sancionado de acuerdo al reglamento nacional de tránsito del MTC.
agosto 24th, 2016 a las 17:57
La pregunta es con la licencia particular puedo manejar vehiculo militar o policial
septiembre 17th, 2016 a las 11:51
Soy un S02 de la pnp quería saber si puedo manejar Mi vehículo particular con la licencia militar
septiembre 26th, 2016 a las 5:45
DE ACUERDO AL AL D.S. 007-MTC DEL23JUN2016:
CAPITULO I CLASIFICACION DE LA 7LICENCIA DE CONDUCIR
ARTICULO 6: LICENCIAS VALIDAS PARA CONDUCIR EN EL TERRITORIO NACIONAL
PARA CONDUCIR VEHICULOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, TIENEN VALIDEZ LAS SIGUIENTES LICENCIAS DE CONDUCIR Y PERMISOS INTERNACIONALES:
b)LAS LICENCIAS OTORGADAS AL PERSONAL DE LAS FF.AA Y PNP EN SITUACION DE ACTIVIDAD, EXPEDIDAS POR DICHAS INSTITUCIONES, SE RIGEN POR LA NORMATIVA ESPECIFICA
ENTONCES LA PNP QUE DEMUESTRE EN QUE NORMATIVA LEGAL DICE QUE LA LICENCIA DE CONDUCIR MILITAR O POLICIAL NO PERMITE CONDUCIR TU VEHICULO DE USO PARTICULAR
octubre 1st, 2016 a las 9:57
“SE RIGEN POR LA NORMATIVA ESPECIFICA”, cuando se refieren a normativa yo entiendo, que se refiere al Reglamento Administrativo de Transito Militar, sin embargo ese reglamento esta extraño, me parece raro que no haya sido modificado desde hace mas de 20 años y es mas que no lo pueda encontrar en la web…es muy extraño, yo creo que ese reglamento debe ser publico y transparente para que nadie tenga estas dudas, (aqui hay gato encerrado)..
octubre 8th, 2016 a las 12:38
NO PUEDE SER QUE NO ME APOYEN EN MI CANJE DE BREVTE MILITAR POR NO TENER UN AÑO DE ANTIGUEDAD MI BREVETE LO SAQUE EN FEBRERO 2016 Y TERMINE MI SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO
octubre 8th, 2016 a las 12:49
CUMPLI CON MI PARTÍA CON MI SERVICIO MILITAR Y AHORA NO ME APOYEN EN MI CANJE DE MI BREVETE SOLO POR TENER 9 MESES DE ANTIGÜEDAD CUANDO ME DIXEN QUE DEBE TENER UN AÑO EH SERVIDO DOS AÑOS DE SERVICIO QUE ESTUBE LA VERDAD QUE SIENTO INDIGNADO POR NO PODER CANJEAR MI BREVETE MILITAR YA QUE PENSAVA ASIMILARME Y POSTULAR ALAS FF.AA O PNP Y SALIR ADELANTE A DONDE PODRIA PEDIR APOYO PARA CANJEAR AYÚDENME PORFAVOR.
octubre 13th, 2016 a las 10:02
todos los militares y policías en actividad con licencia militar pueden conducir cualquier vehículo de su institución…pero solo los oficiales estan autorizados a conducir sus vehículos particulares… ….. y no se autoriza para nadie conducir vehículos de transporte público como taxis , combis, custer….etc.
octubre 13th, 2016 a las 15:18
el D.S. 007-2016 MTC del 23-06-2016 no especifica que esta norma se aplica solo a los Oficiales, es para todo el personal de las FFAA y PNP en Actividad. tampoco restringe el tipo de vehículo a conducir, si es vehículo de uso particular o del estado. Ademas una norma de menor jerarquía (DS N° 011/EMG/A2C del 20-08-1960) no puede anteponerse a una de mayor jerarquía (D.S. 007-2016-MTC del 23-06-2016). No se porque la PNP no puede entender estos dispositivos legales.
noviembre 7th, 2016 a las 11:52
hola … soy miembro del ejercito del peru mi consulta es ¿ se puede canjear el brevet militar por el brevet civil ??? .. grasias
diciembre 14th, 2016 a las 14:13
MIRE PARA QUE TODOS TENGAN CONOCIMIENTO LAS NORMAS LEGALES NO SON DISCRIMINATIVAS, ASI MISMO EL DS DEL 1960 CUANDO FUE EMITIDO EN LA EPOCA DEL GENERAL VELASCO DICE OFICIALES, ESPECIALISTAS (AHORA TÉCNICOS Y SUBOFICIALES) Y TROPA VEHÍCULOS, LAMENTABLEMENTE EN LA ACTUALIDAD ALGUNOS MALOS MIEMBROS DE LA PNP CON LA INTENCIÓN DE QUERER COIMEAR O ROBAR DICEN QUE ESE BREVETE NO VALE PARA TÉCNICOS Y SUBOFICIALES DE LAS FFAA, NO TENGAN TEMOR DE DENUNCIARLOS E IR HASTA LAS ULTIMAS INSTANCIAS VAN A VER QUE DE ESA MANERA ELLOS Y AL SEÑOR DUEÑO DEL CORREO FILI SOSA QUE ESCRIBE LINEAS ARRIBA QUE POR FAVOR NO SEA IGNORANTE Y SE DOCUMENTE ANTES DE ESCRIBIR INCOHERENCIAS QUE HASTA DAN RISA POR BARBARIDADES QUE ESCRIBE . SALUDOS
diciembre 29th, 2016 a las 10:43
Si me podrían informar, que de cierto hay si los que poseen el brevete militar y cuentan con 30 años a mas de servicios en la institucion PNP o de las FF.AA pueden canjear el mismo por un BREVETE civil en la clase A categoría ll, a mas categoria según el tiempo de obtención del brevete militar, sin que estos hayan pasado al retiro o disponibilidad. Gracias.
enero 2nd, 2017 a las 6:00
El comentario es. La licencia militar te da el derecho para conducir vehículo personal pero la policia está k molesta k hay una ley k solo pueden conducir solo personal de oficiales el personal de tcos solo cuando están en acto de servicio. Solo vehículo militar
marzo 6th, 2017 a las 9:00
laminilto estas en la calle lee bien el reglamento y no hables tonteras.
marzo 15th, 2017 a las 16:18
Quisiera saber si me pueden dar información del numero de mi brevete militar ya que se me extravío hace mucho tiempo lo unico que se es la fecha de expedición 07/10/1999 y me llamo Chufandama Herrera Franklin Rolando ray
marzo 16th, 2017 a las 7:49
deseo obtener licencia de conducir militar, trabajo en la policía nacional, cuanto es el costo, requisitos, mi telefono es 937686946
marzo 30th, 2017 a las 17:20
QUISIERA SABER SI AUN CON EL BREVETE MILITAR PUEDO CONDUCIR MI VEHÍCULO PARTICULAR? … O SOLO SE PUEDEN MANEJAR VEHÍCULOS MILITARES?…..PORQUE TENGO UN COLEGA DEL EJERCITO QUE FUE INTERVENIDO POR LA POLICÍA DONDE FUE COMUNICADO, NO SE CON QUE FINES; QUE CON EL BREVETE MILITAR NO PODÍA EL ESTAR CONDUCIENDO SU VEHÍCULO PARTICULAR.
abril 15th, 2017 a las 0:47
Soy Ree del Ejército y manejo mi Volkswagen con normalidad o el H1 de mi Papá con mi familia, no puedo detenerte o ponerte papeleta el Policía de Tránsito, porque bien claro dice la ley : Uso de vehículos de las FFAA eso incluye llevar tropa (porta tropa) y/o de USO PARTICULAR, es decir que no puede manejar en el foro civil hacer SERVICIO DE TAXI y/o CHOFER DE RUTA, por eso debes saber de leyes mi estimado o en todo caso ver en internet y sacar foto o una impresión y guardarla en tu chequera de documentos del auto particular o movilidad pues.
abril 21st, 2017 a las 19:48
Por favor Necesito la dirección para recoger mi Licencia de Conducir A IIB. Gracias
abril 22nd, 2017 a las 12:49
Te recomendamos revisar nuestro post sobre:
– Brevete A2: Requisitos para la Licencia de Conducir de Transportistas
abril 27th, 2017 a las 8:18
Bueno amigos soy tecnico de la pnp para saber si podemos manejar un vehiculo particular con el brevete militar es muy simple entre a internet a la seccion de brevetes militares y ahi esta bien claro que el brevete militar te permite manejar a parte de vehiculos
Militares y policiales tambien auoriza a conducir vehiculos particulares no especifica que tipos de vehiculos puedes manejar pero si autoriza a manejar vehiculos particulares y no de transporte publico y si un fiscalizador o un policia te dice lo contrario ensenale que esta equivocado no todos estan capacitados para cumplir determinados trabajos y si por ahi hablan lo contrario es por desconocimiento suerte
mayo 24th, 2017 a las 11:36
HOLA, SI SON OFICIALES EN ACTIVIDAD ENTONCES SU BREVETE MILITAR SI LOS AUTORIZA A CONDUCIR VEHICULOS PARTICULARES, SI NO ES ASI, ENTONCES UDS ESTAN MANEJANDO SIN BREVETE O INDOCUMENTADOS.
NO HAY NADA MAS QUE DECIR, EL RESTO SON FALSEDADES, MUCHO CUIDADO.
SALUDOS
junio 3rd, 2017 a las 8:44
Hola, bueno yo soy suboficial de la fap.. El dia de ayer me intervinio un patrullero donde el policia me dijo que el brevete militar es solo para el personal de OFICIALES y NO subalternos.. Alguien sabe algo de eso.. Y en q parte de la ley o en que ley explica eso?
junio 29th, 2017 a las 19:43
si me restringieron la licencia de conducir,podre sacar la licencia militar ?
julio 10th, 2017 a las 12:15
Buenos días disculpen soy capitán en actividad de la policía nacional del Perú mi pregunta es si puedo conducir en el extranjero con mi Licencia de conducir militar q se encuentra actualmente vigente?? Gracias por su apoyo
julio 10th, 2017 a las 12:29
Para conducir en el extranjero necesitas de un brevete internacional. Te recomendamos leer el siguiente post:
– Requisitos y Trámites para el Brevete Internacional
julio 11th, 2017 a las 14:00
ME PARECE O NO SABEN LEER EL BREVETE MILITAR ES UN DOCUMENTO DONDE TE AUTORIZAN MANEJAR VEHÍCULOS MILITARES Y VEHÍCULOS DE USO PERSONAL SOLO OFICIALES, TCOS Y SSOO TANTO PARA LOS MILITARES (EP, MGP, FAP) Y LOS MIEMBROS DE LA PNP (TODAS LAS ESPECIALIDADES)
LOS QUE ESTÁN DE BAJA O PASEN AL RETIRO DEBERÁN DE CANJEARLO POR UNO CIVIL CUMPLIENDO ALGUNOS REQUISITOS ESTIPULADOS……MAS CLARO NO PUEDO SER…… SINO LO ENTIENDES REGRESA AL COLEGIO PARA QUE TE ENSEÑEN A LEER…..BY
julio 12th, 2017 a las 12:45
el Decreto Supremo que se ha hecho referencia, solo autoriza la conducción de vehículos particulares a los Oficiales de las FFAA O PNP. Esta situación ocasiona problemas a los Suboficiales con las aseguradoras en casos de siniestros (Exclusiones por infracción al RNT). Al venderte el seguro no te advierten de ello por lo que debes preguntar, sin embargo, no te dan solución y tendrá que asumir el riesgo. Recientemente (JUN2017) se ha publicado el Reglamento de Licencias de Conducir de la PNP que se implementará en los siguientes meses. Esta licencia sólo autoriza la conducción de vehículos para la función policial (no dice vehículos policiales o particulares). ¿Si voy al trabajo en mi vehículo particular se tendrá como función policial?, Este es un asunto controvertido que obviamente las aseguradoras no querrán aplicar el seguro.
julio 12th, 2017 a las 12:50
La licencia de conducir internacional no es otra cosa que tu licencia expedida en el idioma extranjero, por tanto, dependerá de las autoridades del extranjero si validan el idioma español. Esta licencia sólo la puedes utilizar si vas de turismo, comisión u otros situaciones temporales. Tienes que presentar tu Pasaporte para acreditar tu permanencia temporal. Generalmente es aceptada.
julio 20th, 2017 a las 11:28
EL BREVETE MILITAR ES UN “TITULO OFICIAL” SEGÚN LEY 9922 OTORGADO POR LA ESCUELA DE MATERIAL DE GUERRA.
RECUERDE QUE!!!
ESTA LICENCIA SOLAMENTE ES BUENA PARA CONDUCIR VEHICULOS DEL GOBIERNO QUE HAN SIDO DEBIDAMENTE DESPACHADOS.
NO ES VALIDAD PARA CONDUCIR VEHÍCULOS CIVILES.
agosto 10th, 2017 a las 12:28
Hola tengo brevete militar y está deteriorado, que pasos a seguir para la renovación.
septiembre 4th, 2017 a las 19:36
La licencia de conducir militar a que categoria equivale
septiembre 5th, 2017 a las 22:21
tengo brevete militar y estoy en actividad, puedo conducir mi vehiculo particular.
el policia de transito de la pnp. me dice que no sirve mi brevete militar
octubre 3rd, 2017 a las 14:57
Hola soy miembro de la PNP y tengo licencia militar y quisiera saber si es que puedo hacer en mi dias libres servicio de taxi particular y si tendria problemas por hacer con mi licencia militar?
octubre 13th, 2017 a las 22:10
soy miembro de la policia nacional del peru mi inquietud es que con mi licencia militar puedo conducir vehiculo particular debido a que en la emision de la licencia militar en el reverso indica que se rige al DS 011/EMG/A2C DEL 20AGO1960 Y EL DS 040-MTC-2008 DEL 18NOV2008 QUISIERA SABER SI DE ACUERDO A ESOS DECRETOS QUE PERMITEN CONDUCIR VEHICULOS PARTICULARES A SUB OFICIOALES EN ACTIVIDAD Y SI HA SIDO DEROGADO EL DS NOS ALCANZARIA A LOS QUE HEMOS OBTENIDO LA LICENCIA MILITAR EN EL AÑO 2009 Y VENCE EL 2019 QUE ES RENOVABLE CADA 5 AÑOS GARCIAS
octubre 23rd, 2017 a las 5:42
Xq la policía cuando te para doce q no se puede manejar con la licencia militar o q esta prohibido q es lo yo debo responder
noviembre 8th, 2017 a las 12:09
Soy so de la PNP. MI PREGUNTA ES. PUEDO CONDUCIR MI VEHICULO AUTOMOVIL CON LA LICENCIA MILITAR.
noviembre 27th, 2017 a las 18:51
Si puedes conducir dsd 007 2016 MTC
diciembre 20th, 2017 a las 18:49
SEGUN LA NORMA VIGENTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE SÍ ES VALIDO EL BREVETE MILITAR POLICIAL PARA MANEJAR EN TODO EL TERRITORIO NACCIONAL EN EL TITULO II ARTICULO 6 DEL DECRETO SUPREMO Nº 007-2016-MTC. QUE DICE TEXTUALMENTE: “Artículo 6.- Licencias válidas para conducir en el territorio nacional Para conducir vehículos dentro del territorio nacional,tienen validez las siguientes licencias de conducir ypermisos internacionales:
a) Las licencias otorgadas de acuerdo a lo dispuesto
en el presente Reglamento.
b) Las licencias otorgadas al personal de las Fuerzas
Armadas y Policía Nacional del Perú en situación de
actividad, expedidas por dichas instituciones, se rigen por
la normativa específica. “
diciembre 20th, 2017 a las 19:02
PERO CABE PRECISAR QUE SE HA APROBADO EN JUNIO 2017 EL REGLAMENTO DE LICENCIA DE CONDUCIR POLICIAL APROBADO CON RESOLUCION MINISTERIAL 575-2017-IN 15JUNIO2017 , AL FINAL EN DISPOSICIONES TRANSITORIAS CONSIGNA QUE LOS QUE TIENEN EL BREVE MILITAR POLICIAL EXPEDIDO POR LA ESCUELA DE MATERIAL DE GUERRA DEL EJERCITO PERUANO DEBEN CANJEAR POR EL BREVETE POLICIAL PREVIA APROBACION DE PRUEBA PRACTICA.
LA PREGUNTA MIA ES, SERÁ NECESARIO CANJEAR?
marzo 20th, 2018 a las 11:13
Reglamento Administrativo Militar de Tránsito artículo 50º establece que se otorgarán los señalados brevetes (señalándose los requisitos aplicables) “… para conducir vehículos motorizados de la Fuerza Armada y Fuerzas Auxiliares …” a los oficiales, oficiales asimilados, empleados y especialistas de las dependencias militares que, “… por razón de su cargo, tuvieran que intervenir en tránsito, docencia de choferes, mecánicos, mantenimiento, conservación y reparación de vehículos …”, siendo que “Los brevetes otorgados a los Oficiales de la Fuerza Armada y Fuerzas Auxiliares en actividad les da derecho al manejo de carros particulares pudiendo ser canjeados por el brevete profesional al pasar a la situación de disponibilidad o retiro”. En consecuencia, conforme al señalado Reglamento Administrativo Militar de Tránsito, puede concluirse que el otorgamiento de brevetes militares sólo procede en ciertos casos y, tratándose exclusivamente del caso de oficiales en actividad, los autoriza además a conducir vehículos particulares. Por elemental exclusión, tratándose específicamente de los suboficiales, éstos no están incorporados en el régimen privativo enunciado, en el sentido que sólo los brevetes militares otorgados a oficiales autorizan al manejo de vehículos particulares, lo cual no es posible mediante otros brevetes militares.
abril 16th, 2018 a las 9:42
personal de las Fuerzas Armadas en servicio activo (oficiales, técnicos sub oficiales, tropa y empleados civiles con especialidades afines, de las FFAA y PNP) tiene derecho a recibir una licencia de conducir de acuerdo al Reglamento de Tránsito Militar.
Pregunto,
1. Con que reglamento ha sido modificado el termino Personal Militar (tecnicos y suboficiales).
2. Permite este brevete conducir vehiculos particulares.
3. Reconocen las aseguradoras, el brevete militar como una licencia valida y autentica para conducir vehiculos particulares???
Ojo….